Consulado Honorario del Perú en Hungría

Otorgan incentivos migratorios para retorno de connacionales

Incentivos beneficiarán a peruanos con más de cinco años en el exterior

- 1 de Marzo 2005 -

Los ciudadanos peruanos con cinco o más años en el exterior, que deseen retornar al Perú, podrán acogerse a una serie de incentivos tributarios, con la finalidad que a su regreso puedan dedicarse a actividades profesionales o empresariales en su país de origen.

Esto será posible gracias al nuevo Reglamento de la Ley Nº 28182, denominada “Ley de Incentivos Migratorios”, aprobada el mediodía de hoy por el Presidente de la República, Alejandro Toledo, en Palacio de Gobierno, con la presencia del Canciller Manuel Rodríguez Cuadros.

La política del retorno es especialmente significativa para el Perú, pues permite recuperar un capital humano cuya experiencia adquirida en el exterior resulta de suma utilidad para el progreso del país.

Esto responde a la preocupación por la pérdida de profesionales calificados y los aportes que podrían hacer al país, debido a su preparación académica, así como al capital, experiencia y conocimientos que adquieren en las sociedades extranjeras que los acogen.

Con estos dispositivos, el Gobierno crea las condiciones necesarias que apoyan el derecho al retorno voluntario de nuestros connacionales, con la finalidad que desarrollen una actividad económica que contribuya a generar empleo productivo y ampliar la base tributaria.

El Perú ha dado un gran paso en la formulación de una política migratoria nacional, al ser el primer país en la región con una ley que incentiva el retorno de los nacionales que por razones de diversa índole dejaron el territorio nacional.

En este sentido, la Directora de la Organización Internacional de Migraciones, Pilar Norza, destacó que “el Perú es el único país de la región que tiene una ley que incentiva el retorno de sus nacionales y que lo hace como parte de una política de Estado muy positiva, cuya finalidad es crear vínculos con quienes dejaron el país por diferentes razones “.

Beneficios tributarios para el retorno de connacionales

El Reglamento y la “Ley de Incentivos Migratorios”, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el pasado 24 de febrero y vigente desde el día siguiente de su publicación, precisa los beneficios tributarios que se otorgan.

Los incentivos consisten en la liberación del pago de todo tributo que grave el internamiento en el país de menaje de casa y un automóvil hasta por un valor de US$ 30 mil en cada caso; así como maquinarias, equipos o bienes de capital usados para el ejercicio de la profesión, oficio o actividad empresarial, hasta por US$ 100 mil.

Los beneficios, que tendrán una vigencia de cinco años a partir de la fecha de reglamentación, prohiben la transferencia a terceros de los bienes internados al país con los incentivos tributarios, bajo cualquier modalidad, hasta después del periodo de vigencia. Los connacionales podrán acogerse al beneficio por única vez, en las oficinas de la Sunat, a su ingreso al país o dentro de los cuatro meses contados a partir del ingreso.

Los beneficios se otorgarán mediante Resolución de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, conforme a los montos establecidos en la Ley y el Reglamento, y en caso de exceso se deberán cancelar los tributos de diferencia. Lima, 28 de febrero de 2005.

Ver Normas:
1 2 3
 

 


Copyright 2009. Consulado Honorario del Perú en Hungría
Dirección: H-1138 Budapest, Váci út. 168. T. ép. I. em.
Tel.: (361) 350 2068/ (36) 350 2068/ Fax: (361) 350 2056
Mobil: (36 30) 509 2693
e-mail: andrea.santos@mezint.hu | Webmester/Tervezés: